FINALIDAD DE LA ASOCIACION.
Las finalidades presentes y futuras a que propenderá la Asociación son:
- Fomentar el espíritu de camaradería entre los Tripulante de Transporte Aéreo de la Fuerza Aérea Argentina, retirados y en actividad, y de estos con quienes estén relacionados de cualquier manera con las actividades del transporte aéreo dentro del ámbito militar o civil, nacional o extranjero.
- Conservar y acrecentar el acervo histórico de las actividades relativas al transporte aéreo, en especial de la Fuerza Aérea Argentina.
- Desarrollar conferencias, exposiciones, publicaciones y todo otro tipo de actos que contribuyan a mantener actualizados los conceptos doctrinarios, operativos y técnicos del transporte aéreo, en especial el militar y la información general vinculada a este tema.
- Difundir por todos los medios a su alcance el estado actual, desarrollo y perfeccionamiento de la aviación de transporte, en especial militar, a través de la emisión de noticias de interés para sus asociados y/o personas o entidades que las soliciten, recurriendo a fuentes de información específicamente propias así como a publicaciones nacionales o extranjeras relacionadas con la actividad del transporte aéreo, todo ello sin fines de lucro.
- Colaborar, como Asociación, con los mandos de la Fuerza Aérea en aquellas actividades relacionadas con el transporte aéreo.
- Apoyar y participar en los actos que contribuyan a las finalidades de la Asociación, particularmente en las que se lleven a cabo en las Unidades de la Fuerza Aérea.
- Mantener relaciones con otras Asociaciones similares, nacionales o extranjeras, a los fines de establecer planes de colaboración recíprocos en materia de estudios técnicos aeronáuticos, trabajos científicos-educativos afines y todo otro tipo de relación que se considere necesario para la consecución de sus fines.
comisión directiva
agenda comisión directiva
En Buenos Aires, a los 20 días del mes de marzo de 2025 y siendo las 10:00 horas, en la B.A.M. Morón, sede del Museo Nacional de Aeronáutica, se procede a labrar la presente acta para dejar constancia de la reunión de la HCD para el tratamiento de la reincorporación de un socio de la Asociación propuesta por el señor presidente de la ATTA
socios
Pueden ser asociados quienes reúnan las condiciones que se ajusten a la reglamentación pertinente y en las siguientes categorías de socios:
Activo: El Personal Militar Superior de la Fuerza Aérea Argentina que se desempeña o se hubiere desempeñado como piloto o navegador en aviones de transporte de la misma.
Concurrente: El Personal Militar Subalterno y Civil de la Fuerza Aérea Argentina que se desempeñe o se hubiere desempeñado como tripulante en aviones de transporte de la misma.
Adherente: El Personal Militar Superior, Subalterno y Civil de la Fuerza Aérea Argentina que cumpla o hubiere cumplido funciones a bordo o en tierra, directamente relacionadas con el transporte aéreo de la misma.
Honorario: El Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina en ejercicio y aquellas personalidades civiles o militares, nacionales o extranjeras, que hayan acreditado méritos para esta distinción.